Subrayando / La 168/13 –
Tema de sábado
Este “Comentario de Medios” lo iniciamos compartiendo con ustedes
algunos documentos sobre el tema de la Sentencia 168/13 del Tribunal
Constitucional Dominicano. Es el tema que mayor presencia ha tenido en la
prensa en todo el 2013 y que en mayor “apuro” internacional ha colocado a
República Dominicana.
Saben que he confesado, con Benedetti, que soy parcial, terriblemente
parcial y que no sé qué le puedo hacer. Con esa advertencia, simplemente quiero
decir mi parecer en una frase: podrá ser legal, pero no es justa.
Cronología de una sentencia
por José Dunker L.
La sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional priva de la nacionalidad dominicana a 200,000 hijos e hijas de
haitianos ilegales nacidos en RD. Es gente que nació aquí y que nunca ha
viajado fuera del país; algunos pueden tener hasta 80 años; son profesionales,
bachilleres, peloteros, políticos, comerciantes; hablan como nosotros, y hasta
ayer pensaban que eran dominicanos/as.
El problema no son los ilegales,
para lo cual la ley es bien clara. El problema es con sus hijos nacidos aquí
desde 1929. La sentencia los declara
extranjeros, y de repente se ven impedidos de estudiar, de viajar, o de
sacar acta de nacimiento a sus hijos. El hecho es que siempre se imaginaron que eran dominicanos, y de repente: ¡zas!...
el Tribunal Constitucional los declara extranjeros y les da un chance para
pedir la nacionalidad dominicana.
Dunker nos dice, en su reflexión, que la razón para utilizar la frase “en tránsito” de forma contraria a los
usos normales del idioma español solo puede explicarse por el afán de nuestros
sectores conservadores de ‘blanquear la raza’ a como dé lugar. Es el mismo
prejuicio de las leyes 5002 (1911) y 5074 (1912), y el mismo afán blanqueador
que nunca disimuló Trujillo. La pregunta es: ¿puede ser legal una ley contraria
al uso regular del idioma? Probablemente
sí, aunque nos duela, lo cual sugiere una agenda pendiente con el tema de la
identidad nacional.
Ver completo en: http://informa-rse.blogspot.com/2013/11/subrayando-el-por-que-de-una-sentencia.html
REDLAMYC: Sentencia vulnera derecho a
identidad
La Red Latinoamericana y Caribeña por la Defensa de los Derechos de los
Niños, Niñas y Adolescentes (REDLAMYC) que articula alrededor de veintinueve
redes o coaliciones nacionales por la defensa de los derechos de las niñas,
niños y adolescentes correspondientes a veinticinco países de América Latina y
el Caribe, reunidos en la Asamblea Anual 2013 en la Ciudad de México, hizo una
declaración a propósito de la sentencia del Tribunal Constitucional 168/13 en
la que afirman que se han vulnerado los
derechos a la identidad de miles de dominicanos/as, quienes se verán restringidos
de ejercer sus derechos fundamentales, enfrentando cotidianamente el riesgo
de deportaciones masivas.
Además, indica que miles de
dominicanos/as continuarán transmitiendo a sus hijos/as el estatus de apátrida
que les afecta, lo cual es un completo contrasentido, en el marco de la
obligación que tiene el Estado de proteger y garantizar los derechos humanos
fundamentales, así como prevenir todas las formas de discriminación.
Y hacen un llamado a los líderes dominicanos para restaurar los derechos totales de ciudadanía a las personas
afectadas por la resolución 168/13 y a abordar otros procedimientos
administrativos que, en la práctica no nieguen los derechos de ciudadanía y
protección social a las poblaciones en riesgo.
Por una salida dominicana al conflicto
Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas
/ Comunicado de prensa
Por una solución dominicana al
conflicto de la nacionalidad
El Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas, en un
comunicado de prensa hecho público ayer, viernes 29 de noviembre, da cordial
bienvenida a los comisionados, invitados por el Estado dominicano, con la
esperanza de que su presencia y los informes que emitirán contribuyan a
encontrar una solución al grave
conflicto originado por la política de despojo de la nacionalidad que desde el
2006 practica la Junta Central Electoral por simple vía administrativa.
Situación que se agrava y amplia por la
sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional que deja sin nacionalidad a
decenas de millares de ciudadanos y ciudadanas dominicanas descendientes de
extranjeros, en su gran mayoría de haitianos.
Dice esperar que la presencia de
la CIDH aliente a los diversos actores gubernamentales y políticos a la
búsqueda de una solución al grave conflicto de los desnacionalizados, con la
voluntad de “avanzar en todas las medidas que sean necesarias para garantizar
la seguridad jurídica y el pleno goce y respeto de los derechos de los
descendientes de haitianos nacidos en la República Dominicana”, como se
comprometió el gobierno dominicano en el protocolo de entendimiento que firmó
con las autoridades de Haití gracias a la mediación de Venezuela. El hecho de
que se haya denunciado el protocolo no invalida el reconocimiento.
Y afirma que el Comité prefiere
una solución dominicana al conflicto originado por la JCE y la sentencia del TC,
partiendo del planteamiento del numeral 2 del Artículo 18 de la Constitución
que reconoce la ciudadanía a “quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes
de la entrada en vigencia de esta Constitución”, así como del Artículo 110 de
la misma Constitución que ratifica el principio jurídico de la no
retroactividad de la ley: “En ningún caso los poderes públicos o la ley podrán
afectar la seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a
una legislación anterior”.